Versión 1.3 de 31 de mayo de 2021
Introducción
Ámbito de aplicación y valores
Pautas de conducta y comportamiento internas
IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y NO DISCRIMINACIÓN
INFORMACIÓN RESERVADA Y CONFIDENCIAL
USO Y PROTECCIÓN DE LOS ACTIVOS
CONFLICTO DE INTERESES
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
FOMENTO PERSONAL Y PROFESIONAL
Pautas de conducta y comportamiento en el mercado
COMPETENCIA LEAL Y DEFENSA DE LA COMPETENCIA
REGISTROS FINANCIEROS
RELACIONES CON LOS CLIENTES
RELACIONES CON PROVEEDORES, CONTRATISTAS Y EMPRESAS COLABORADORAS
RELACIÓN CON GOBIERNOS Y AUTORIDADES
MEDIDAS ANTICORRUPCIÓN
PREVENCIÓN DEL BLANQUEO DE CAPITALES Y DE LA FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO
PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
RESPETO AL MEDIO AMBIENTE
CONTROL INTERNO DE LA RESPONSABILIDAD PENAL
UNIDAD DE CUMPLIMIENTO NORMATIVO
LÍNEA DE CONSULTA Y DENUNCIA
El Código Ético y de Conducta desarrollado por NAT21, S.L. constituye una declaración expresa de los valores, principios y normas que deben guiar la conducta de todos los empleados y directivos, para el desarrollo responsable de su actividad profesional en todas sus relaciones con otros empleados, directivos, los clientes, los proveedores y colaboradores externos, las instituciones públicas y privadas, y la sociedad en general.
De esta manera, el Código tiene como finalidad prevenir la comisión de comportamientos delictivos y cualquier comportamiento ilícito por las personas obligadas por este Código en el desempeño de su actividad profesional, estableciendo los mecanismos de seguimiento y control necesarios para garantizar su cumplimiento.
Los criterios de conducta recogidos en este Código no pretenden contemplar la totalidad de situaciones o circunstancias con las que los empleados de NAT21, S.L. se pueden encontrar, sino establecer unas pautas generales de conducta que les orienten en su forma de actuar durante el desempeño de su actividad profesional.
Todos los empleados de NAT21, S.L. pueden y deben consultar a su superior jerárquico o la Unidad de cumplimiento cualquier duda sobre la interpretación de las pautas de conducta que aparecen en este Código o a través de la Línea de Consulta y Denuncia, sin perjuicio de las labores de difusión, comunicación y formación a los empleados.
En NAT21, S.L. ningún empleado será objeto de discriminación. Se prohíbe toda forma de acoso o abuso físico, sexual, psicológico o verbal a sus empleados, así como cualquier conducta que genere un entorno intimidatorio u ofensivo.
NAT21, S.L. actúa como Prestador de servicios electrónicos de confianza con la solución de firma electrónica Firma21®. NAT21, S.L. está registrada en el Ministerio de Asuntos Económicos https://sedeaplicaciones.minetur.gob.es/Prestadores/Inicio.aspx?opcion=nc# como prestador de servicios de confianza no cualificados, en cumplimiento de la Reglamento UE 910/2014, la Ley 6/2020 de los servicios electrónicos de confianza, y la Ley 34/2002 de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico LSSICE. «Prestador de servicios de confianza», una persona física o jurídica que presta uno o más servicios de confianza, como prestador de servicios de confianzas. «Servicio de confianza», el servicio electrónico prestado habitualmente a cambio de una remuneración.
El cumplimiento de la presente norma es obligatorio para todos los administradores, directivos y empleados independientemente del tipo de contrato que determine su relación laboral, de la posición que ocupen y del lugar donde desempeñen su trabajo así como a todas aquellas personas que hubieran sido transferidas de forma temporal a NAT21, S.L. para prestar servicios profesionales.
Asimismo, quedarán sujetos al presente código aquellos terceros que se relacionen habitualmente con NAT21, S.L. entre otros: proveedores, colaboradores, agentes.
Este Código Ético y de Conducta tiene validez en todos aquellos mercados nacionales e internacionales donde NAT21, S.L. tenga o vaya a tener actividades comerciales. Será de aplicación tanto en España como en el extranjero, siempre teniendo en cuenta las diferencias legales, culturales, sociales y económicas de los diversos países.
Al establecer relaciones de negocio con otras empresas o profesionales se tendrá en cuenta como uno de los criterios de selección el que tengan asumidos principios de comportamiento y de gestión similares a los enunciados en este Código.
El presente Código de Conducta es base y fundamento de nuestro Modelo de Organización y Gestión y Programa de Prevención de Riesgos Penales, y de sus normas de desarrollo.
Los empleados infringen su deber de fidelidad con la empresa si incurren en conductas que puedan vulnerar las normas y reglas expresadas. Ningún empleado estará obligado a cumplir órdenes o instrucciones contrarias a la ley o al presente Código. Si una situación de tales características se produjera, el empleado podrá dirigirse a la Unidad de Cumplimiento Normativo por cualquiera de las vías señaladas.
Cuando se detecte la comisión de una conducta irregular como consecuencia del normal ejercicio de las funciones de control, prevención o auditoría interna de NAT21, S.L., la persona que detecte o conozca la conducta irregular lo comunicará a la Unidad de Cumplimiento Normativo a través de cualquiera de los medios que estén previstos en cada momento.
Los empleados tienen la obligación de participar en los cursos preceptivos de formación y de actualización en el conocimiento y aplicación del Modelo de Organización y Gestión y Programa de Prevención de Riesgos Penales que organice la Unidad de Cumplimiento Normativo.
Valores generales:
Respeto a la legalidad, derechos humanos y valores éticos.
Respeto a las personas: evitar acoso, intimidación, abuso, falta respeto.
Igualdad de oportunidades, desarrollo profesional y no discriminación.
Espíritu de equipo: confianza, colaboración y lealtad.
Transparencia e imparcialidad en la toma de decisiones.
Excelencia: rigor, talento y pasión.
Innovación: imaginación, creatividad y valentía.
Adaptabilidad: resiliencia, pragmatismo y austeridad.
Integridad: Honestidad y transparencia. Actuación ética y de buena fe.
IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y NO DISCRIMINACIÓN.
En NAT21, S.L. promovemos el desarrollo profesional y personal de todos nuestros empleados, asegurando la igualdad de oportunidades a través de sus políticas de actuación. Todos los empleados de NAT21, S.L. disfrutarán de iguales oportunidades para el desarrollo de su carrera profesional. En NAT21, S.L. respetamos el principio de no discriminación por razón de raza, sexo, ideología, nacionalidad, lengua, religión, orientación sexual o cualquier otra condición personal o social de nuestros empleados.
INFORMACIÓN RESERVADA Y CONFIDENCIAL.
NAT21, S.L. consideramos la información y el conocimiento como uno de los activos principales e imprescindibles para la gestión empresarial, por lo que deben ser objeto de una especial protección.
La información es uno de nuestros principales activos, imprescindible para la gestión de nuestras actividades. Por este motivo, se ha desarrollado una política de seguridad de la información cuyo objetivo es preservar la integridad, disponibilidad y confidencialidad de la misma y de esta manera, minimizar los riesgos derivados de su divulgación y mal uso.
Los empleados no deberán revelar, difundir y usar información reservada y confidencial para usos no autorizados o ajenos al interés social, por constituir una falta de lealtad a NAT21, S.L., con la sola excepción de aquellos supuestos que legalmente obliguen o habiliten dicha difusión. Los empleados deberán evitar que cualquier información sensible sea conocida por los competidores.
NAT21, S.L. cumple la legislación vigente en materia de protección de datos, protegiendo los datos personales confiados por sus clientes, empleados, candidatos en procesos de selección u otras personas. Asimismo, se compromete a solicitar y a utilizar exclusivamente aquellos datos que fueran necesarios para la eficaz gestión de sus negocios.
USO Y PROTECCIÓN DE LOS ACTIVOS.
Cada uno de los empleados es responsable de la correcta utilización y protección de los activos y recursos facilitados por NAT21, S.L.. Entre estos se incluyen la propiedad intelectual, las instalaciones, los equipos, maquinaria y los recursos financieros de NAT21, S.L..
Los empleados no utilizarán dichos recursos para usos personales o extra profesionales y/o para el desempeño de actividades que no estén relacionadas directamente con el interés de NAT21, S.L., responsabilizándose asimismo de la protección de aquellos que le fueran confiados en relación con su trabajo, observando en su custodia el máximo cuidado.
Esta prohibido la utilización de archivos o programas de procedencia externa que pueden entrañar graves riesgos para la seguridad de NAT21, S.L. o constituir una infracción de la propiedad intelectual.
NAT21, S.L. pone a disposición de sus empleados los recursos necesarios para el desempeño de su actividad profesional. Por esta razón, deberá evitarse la utilización de software no autorizado y la realización de descargas o cualquier otro comportamiento que entrañe el riesgo de introducir virus o cualquier otro elemento peligroso para la seguridad informática, por ejemplo, la realización de copias no autorizadas, o la utilización indebida de dispositivos externos (pen drive, discos extraíbles, etc.)
CONFLICTO DE INTERESES.
Todas las personas y empleados de NAT21, S.L. atenderán sólo los intereses de la empresa y, en consecuencia, se abstendrán de realizar cualquier actividad privada o de mero interés personal que pudiera suponer la aparición de conflictos de interés. Los empleados deberán actuar siempre, en el cumplimiento de sus responsabilidades, con lealtad y en defensa de los intereses de NAT21, S.L..
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO.
NAT21, S.L. impulsa la adopción de políticas de seguridad y salud en el trabajo y adopta las medidas preventivas, proporcionando un ambiente de trabajo respetuoso con la salud y la dignidad de los empleados, y se compromete a actualizar de manera permanente las medidas de prevención de riesgos laborales, así como a respetar escrupulosamente la normativa aplicable en esta materia en todos los lugares en que desarrolle sus actividades.
Todos los empleados son responsables de observar un cumplimiento riguroso de las normas de salud y seguridad, pudiendo comunicar a través de la Línea de Consulta y Denuncia, la violación o incumplimiento de medidas que afecten a la seguridad y salud en el trabajo de los empleados de NAT21, S.L..
Asimismo, deberán hacer un uso responsable del equipamiento que tengan asignado cuando desarrollen actividades de riesgo y divulgarán entre sus compañeros y subordinados los conocimientos promoviendo el cumplimiento de las prácticas de protección de riesgos.
FOMENTO PERSONAL Y PROFESIONAL
NAT21, S.L. fomentamos y fomentaremos el equilibrio y la conciliación entre la vida personal y profesional de los empleados, valorando los beneficios que para el empleado y para la empresa, conlleva la existencia de un equilibrio entre las responsabilidades profesionales y las personales de los empleados, por lo que se fomentan medidas orientadas a conciliar estos dos ámbitos.
COMPETENCIA LEAL Y DEFENSA DE LA COMPETENCIA
NAT21, S.L. tiene el compromiso de competir en los mercados de forma leal, respetando la libre competencia en beneficio de los consumidores y usuarios cumpliendo siempre las normas jurídicas en vigor.
Nuestros empleados no realizarán publicidad engañosa sobre la actividad de sus negocios y evitarán toda conducta que constituya o pueda constituir un abuso o restricción ilícita de la competencia.
REGISTROS FINANCIEROS
Los empleados deberán velar para que todas las operaciones y transacciones con transcendencia económica figuren con claridad y exactitud en los registros contables.
En particular los empleados se abstendrán de:
Asimismo NAT21, S.L. se asegurará del íntegro cumplimiento de la normativa tributaria aplicable contando para ello con asesores externos especializados en la materia.
RELACIONES CON LOS CLIENTES.
NAT21, S.L. impulsa el compromiso con la calidad actuando bajo las mejores prácticas nacionales e internacionales reconocidas y normalizadas, debiendo todos los empleados tener como objetivo la consecución de los más altos niveles de calidad y la excelencia en la prestación de los servicios, buscando el desarrollo a largo plazo de unas relaciones basadas en la confianza y en el respeto mutuo.
En caso de escenarios donde surjan posibles conflictos de interés en las relaciones con clientes y en las que intervenga cualquier miembro de NAT21, S.L., deberá dirigirse en primer término a su superior jerárquico y, en caso de no proceder, a la Línea de Consulta y Denuncia que le prestará toda la colaboración, soporte y cobertura para gestionar y resolver esa situación de conflicto.
Relaciones con proveedores, contratistas y empresas
colaboradoras
NAT21, S.L. establecerá con sus socios en negocios comunes una relación de colaboración basada en la confianza, la transparencia en la información y la puesta en común de conocimientos, experiencias y capacidades -dentro de los límites admitidos por la legislación sobre Competencia- para alcanzar objetivos comunes y beneficio mutuo.
Todos los empleados de NAT21, S.L. que participen en procesos de selección de contratistas, proveedores y colaboradores externos, tienen la obligación de actuar con imparcialidad y objetividad, aplicando criterios de calidad y coste, y evitando la colisión de sus intereses personales con los de NAT21, S.L..
Los contenidos del presente Código Ético y de Conducta que sean aplicables a los contratistas, proveedores y colaboradores externos se incluirán en los contratos de colaboración o prestación de servicios que se formalicen en cada caso.
RELACIÓN CON GOBIERNOS Y AUTORIDADES.
NAT21, S.L. manifiesta su neutralidad política y se compromete a cumplir fiel y respetuosamente con todas las obligaciones legales a las que esté sujeto en cualquier país o territorio donde desarrolle su actividad.
Los empleados de NAT21, S.L. evitarán cualquier conducta que aún sin violar la ley pueda perjudicar su reputación ante la comunidad, el gobierno del país u otros organismos, y producir consecuencias adversas para sus negocios. Ningún empleado colaborará con terceros en la violación de ley alguna, ni participará en actuaciones que comprometan el respeto al principio de legalidad.
Deberán actuar con honradez e integridad en todos sus contactos o transacciones con las autoridades y empleados de los gobiernos y administraciones, asegurando que toda la información y certificaciones que presenten, así como las declaraciones que realicen sean veraces, claras y completas.
Asimismo, los empleados de NAT21, S.L. no obstaculizarán las peticiones de información por parte de funcionarios públicos o el cumplimiento de cualquier otra función que estos desempeñen en el ejercicio legítimo de sus facultades, siempre que estén amparadas y se ajusten a las leyes aplicables.
MEDIDAS ANTICORRUPCIÓN:
Principio de tolerancia cero con la corrupción. NAT21, S.L. se declara contrario a influir sobre la voluntad de personas ajenas a la compañía para obtener algún beneficio mediante el uso de prácticas no éticas. Tampoco permitirá que otras personas o entidades puedan utilizar estas prácticas con sus empleados.
Sobornos.
Todos los empleados de NAT21, S.L. deberán actuar conforme a las leyes que sean de aplicación y, en ningún caso, podrán recurrir ni tolerar sobornos de terceros hacia la Compañía, sus empleados o viceversa.
NAT21, S.L. prohíbe el uso de toda forma de pago ilícito, con medios de cualquier naturaleza que suponga una ventaja material o moral para quien lo recibe, sea una entidad pública o una empresa o persona privada-, con el objeto de obtener cualquier ventaja o trato de favor en sus relaciones con terceros.
Igualmente queda prohibido a los empleados aceptar sobornos en su beneficio.
Tampoco se podrá efectuar pagos a partidos políticos, sindicatos o entidades similares en términos que no estén expresamente permitidos por la legislación del país en el que actúe.
Regalos, obsequios y atenciones.
Los empleados de NAT21, S.L., por razón del cargo que ocupen, no podrán aceptar regalos, atenciones, servicios o cualquier otra clase de favor de cualquier persona o entidad, que puedan afectar a su objetividad o influir en una relación comercial, profesional o administrativa.
Asimismo, los empleados de NAT21, S.L. no podrán ofrecer, de forma directa o indirecta, regalos, servicios o cualquier otra clase de favor a clientes, socios o a cualquier otra persona o entidad, que mantenga o pueda mantener relaciones con la empresa, con objeto de influir ilícitamente en dichas relaciones.
PREVENCIÓN DEL BLANQUEO DE CAPITALES Y DE LA FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO.
Con objeto de prevenir y evitar la realización de operaciones de blanqueo de capitales o de financiación del terrorismo provenientes de actividades delictivas o ilícitas, los empleados de NAT21, S.L. deberán prestar especial atención a aquellos supuestos en que existan indicios de falta de integridad de las personas o entidades con las que se realizan negocios.
PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.
NAT21, S.L. declara haber adoptado todas las medidas de seguridad necesarias y adecuadas a lo establecido en el Reglamento UE 2016/679 y Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y ha establecido todos los medios técnicos a su alcance con la intención de evitar la pérdida, mal uso, alteración, acceso no autorizado o robo de los datos que tratamos.
Los empleados de NAT21, S.L. no revelarán datos de carácter personal obtenidos de clientes, proveedores, empleados, administraciones públicas y público en general.
En cualquier momento se puede consultar información adicional y detallada sobre Protección de Datos en el Aviso Legal y Política de Privacidad de nuestra página web www.Firma21.com
RESPETO AL MEDIO AMBIENTE
La preservación y el respeto al medio ambiente es uno de los pilares básicos de NAT21, S.L., que se manifiesta en el cumplimiento de las mejores prácticas ambientales en todas sus actividades.
NAT21, S.L. se compromete a conducir sus actividades de manera que se minimicen los impactos medioambientales negativos y se alcance un alto nivel de seguridad en sus procesos, instalaciones y servicios; prestando especial atención a la protección de sus empleados, proveedores, clientes y entorno local.
Conservar los recursos naturales, promover el ahorro energético, la ordenación del territorio, son pilares fundamentales, exigiendo a todo el personal el cumplimiento de las directrices medioambientales.
CONTROL INTERNO DE LA RESPONSABILIDAD PENAL.
El control interno de la criminalidad constituye un objetivo prioritario para NAT21, S.L., comprometido en la tarea de la prevención, detección y evitación de cualquier actuación ilícita realizada en el ámbito de sus responsabilidades, en su nombre o por su cuenta y en su beneficio, por cualquiera de sus empleados.
UNIDAD DE CUMPLIMIENTO NORMATIVO
La Unidad de Cumplimiento de NAT21, S.L. es un órgano autónomo e independiente que está compuesto por miembros representativos de diversas áreas nombrados por el Consejo de Administración, y que tiene como funciones principales:
Para garantizar la eficacia del presente Código de Conducta, NAT21, S.L. ha creado la Unidad de Cumplimiento Normativo, que dispondrá de la autoridad, los recursos y los medios necesarios, para implantar y hacer cumplir las medidas del Modelo de Cumplimiento Normativo que resulten adecuadas para detectar, prevenir y evitar la comisión de infracciones penales, civiles, mercantiles, administrativas y tributarias imputables a la persona jurídica, así como para la reacción adecuada en el caso de que eventualmente se hayan producido.
La comisión de cualquier posible delito por un empleado de NAT21, S.L. y en su provecho constituye una lesión del Código de Conducta que la empresa sancionará debidamente, sin perjuicio de cuantas otras responsabilidades sean exigibles al infractor y de las demás infracciones del Modelo de Cumplimiento Normativo no tipificadas como delito a que se refiere el Código de Conducta o las normas integrantes de dicho Modelo.
Cualquier empleado que tenga conocimiento de una situación de riesgo de infracción penal o del Código de Conducta y demás normas incluidas en el Modelo de Organización de NAT21, S.L., podrá comunicarlo a la Unidad de Cumplimiento Normativo a través de la Línea de Consulta y Denuncia o por cualquier otro medio válido al efecto. En caso de duda sobre la procedencia de una actuación determinada el directivo o empleado realizará la consulta oportuna mediante el citado canal o medio.
LÍNEA DE CONSULTA Y DENUNCIA
Los empleados de NAT21, S.L. tienen el deber de poner de manifiesto los comportamientos ilícitos, irregularidades e incumplimientos del Código y del Modelo de los que tengan conocimiento.
Las dudas, cuestiones y denuncias que se realicen mediante La Línea de Consulta y Denuncia, contribuyen a la detección de posibles delitos y constituyen un modo para que el Código Ético despliegue toda su vigencia sirviendo para mejorar continuamente el sistema preventivo.
Ningún empleado debe pensar que actúa en interés de la empresa cuando oculta un hecho o incidente que vulnera la ley o el Código Ético y de Conducta.
La Línea de Consulta y Denuncia es una herramienta corporativa destinada a facilitar la formulación confidencial y segura de cualquier consulta sobre el alcance y aplicabilidad de este Código de Conducta y, en general, del Modelo de Cumplimiento Normativo, así como para informar o denunciar situaciones de infracción o de riesgo en relación con las pautas y conductas reguladas en el Código de Conducta o en el Modelo de Cumplimiento Normativo en su conjunto.
El Procedimiento de la Línea de Consulta y Denuncia garantiza la confidencialidad en el tratamiento de las denuncias que se tramiten y la identidad del denunciante, con pleno cumplimiento de la legislación sobre protección de datos, un análisis fiable y objetivo de la posible infracción y el máximo respeto a los derechos de las personas presuntamente implicadas en la misma.
La Unidad de Cumplimiento Normativo y el Compliance Officer son los responsable del funcionamiento de la Línea de Consulta y Denuncia, así como del análisis de las denuncias y consultas formuladas a través de la misma, a cuyos efectos podrá solicitar la colaboración de otros órganos, departamentos, áreas o personas de NAT21, S.L.
Hemos creado y mantenemos la línea de consulta y denuncia a través de la cual puede contactarnos, incluso anónimamente, la comisión en el seno de NAT21, S.L. o en la actuación de terceros que contratasen con nosotros, de actos o conductas que pudieran resultar contrarios a la normativa general o sectorial que le fuera aplicable.
Las denuncias podrán dirigirse a la dirección de correo electrónico info@nat21.com